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Tuesday, October 4, 2016

Populismo constitucional

Muy decepcionante el Proyecto de Constitución Política de la Ciudad de México que presentó el jefe de Gobierno a la Asamblea Constituyente.

Ante la oportunidad para dotar a la CDMX de un nuevo fundamento jurídico que sea útil y eficaz, pero sobre todo, benéfico para el bienestar de los capitalinos, se entregó una carta retórica de buenos deseos que se convierten en demagogia al ser incumplibles.

Lo primero que preocupa es un intento desmesurado de enlistar derechos de todo tipo: hay desde los más básicos –libertad de expresión, reunión, asociación, educación, salud y vivienda– hasta nuevos nunca vistos en otra constitución local: derechos de las personas trabajadoras no asalariadas, derecho a la ciudad, al espacio público estético, a la democracia, a la buena administración, a una renta básica progresiva, a la memoria, al cuidado del persona, a la protección de los animales y derechos culturales, entre otros.

Bienvenido que haya un derecho al espacio público, pero resulta irrelevante si antes no se garantiza el derecho de acceso a la justicia o de protección de la integridad física. Qué bueno que podamos tener el derecho a la sexualidad plena, como dice el proyecto, pero antes debemos cumplir con niveles de alimentación mínima o un empleo remunerado. Al incluir todos esos derechos sin jerarquizarlos ni contar con un proyecto de factibilidad presupuestaria, se corre el riesgo de cumplirlos a medias o de incumplir algunos que son más básicos que otros.

El problema no sólo es la lista inmensa de derechos, sino que ésta no viene acompañada de una de obligaciones. El proyecto ofrece un mundo ideal, pero exige poco a los ciudadanos. Tratando de cumplir todos sus sueños, estimula un modelo de democracia peticionaria: exijo, pido y demando pero no doy nada a cambio. Es el sustento del paternalismo y de la irresponsabilidad.

La sección de derechos ocupa 30 páginas y 10 mil 800 palabras, aproximadamente. En contraste, la sección de deberes de las personas tiene 206 palabras y apenas ocupa media página. En ningún lugar del documento, por ejemplo, se dice con claridad que los ciudadanos, a cambio de gozar tanto en la capital chilanga, debamos pagar impuestos, como si eso fuera una afrenta al derecho a la felicidad citadina.

Una Constitución debe ser un conjunto de reglas y procedimientos, que ciertamente establezcan una visión de país y de ciudad, pero también de instrumentos jurídicos que permitan caminar hacia ese fin. Aunque la propuesta de Constitución establece las reglas para la organización de la nueva ciudad –alcaldías, concejales, una opción de formato parlamentario en caso de que se opte por gobiernos de coalición, entre otros– no encuentro elementos que sugieran que la nueva estructura de la ciudad sea el cimiento para mejores gobiernos –mejores no en el sentido de prometer sino de funcionar con eficacia, integridad, capacidad, flexibilidad, eso es, que sea una organización moderna, responsable, sensible, alerta y capaz de responder a sus obligaciones.

Los redactores “progresistas” de la Constitución presumen sensibilidad social sin darse cuenta de que prometer sin cumplir conduce al enojo, a la alienación, al descrédito y perjudica a quienes menos tienen. Así se convierte en una Constitución elitista, para presumir progresismo sin darse cuenta que los capitalino demandan derechos y servicios elementales: movilidad, aire fresco, seguridad y empleo. ¿Necesitábamos una nueva Constitución para ello?

Pero además del enojo, la nueva Constitución puede llevar al colapso del sistema jurídico y a la bancarrota financiera. La propuesta establece un mecanismo de exigibilidad y justiciabilidad para la protección efectiva de los derechos. Así, por ejemplo, si alguien no tiene acceso a una renta “digna” podría acudir con un juez quien en 10 días tendría que conminar al gobierno para cumplir su parte. ¿Y qué haría la autoridad para dar respuesta a 10 mil o 100 mil capitalinos que acudan a instancias judiciales porque carecen de esa renta justa, como es el caso hoy no con miles, sino millones de chilangos? (Según el Coneval en la capital del país hay 2.5 millones de personas por debajo de la línea de pobreza y 150 mil en pobreza extrema).

Si alguien desea disfrutar el derecho a la vía pública o a la accesibilidad y movilidad humana podría acudir ante un juez y reclamar que las miles y miles de banquetas rotas de la ciudad impiden el goce de ese derecho. Y el juez daría diez días al alcalde de la zona respectiva para que cambie el pavimento y coloque banquetas nuevas que permitan caminar, convivir y gozar del derecho. ¿Tienen los gobiernos delegacionales y las futuras alcaldías los recursos para tapar hoyos y cambiar pisos?

En una opinión publicada en Milenio, Gabriel Negretto, uno de los mejores teóricos del constitucionalismo, dice que “hacer exigibles derechos que las autoridades administrativas no pueden o no quieren hacer efectivos, tiende a beneficiar a las minorías que gozan de mayores recursos y conexiones para litigar eficazmente”. En ese sentido se trata de una Constitución elitista pues los mejor organizados o los mejor conectados pueden ser los que garanticen que sus derechos sean respetados mientras el resto, la gran mayoría, queda desamparada.

¿Qué derecho es más importante: el de un cibernauta de la colonia Condesa que demanda parques podados y que sus mascotas gocen de servicios de saneamiento adecuados, o bien, el de un habitante de Tláhuac que requiere agua entubada? Todos los derechos son importantes, pero es una irresponsabilidad ofrecer sin dotar antes a la Ciudad de la fortaleza institucional y presupuestaria para cumplirlos. Y para ello no se requería una nueva Constitución.

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